Hoy por hoy muchas personas y empresas con ganas de emprender y ampliar sus negocios se preguntan cómo licitar con el Estado Colombiano. Si estas dentro de este grupo, y quieres empezar a licitar o afianzas tus conocimientos estas 5 cosas que debes empezar por saber:
- Cualquier persona o empresa puede licitar. Las Mipymes tienen una especial ventaja, pues además de ser factor de desempate, pueden limitar la convocatoria exclusivamente a Mipymes.
- Para participar en los procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos el proponente debe sacar un Registro Único de Proponentes – RUP-; para las demás modalidades no es requisito estar inscrito en dicho registro.
- En los pliegos de condiciones y/o en las invitaciones están “las reglas del juego” del proceso, esto es, los requisitos y las condiciones que los proponentes y sus ofertas deberán cumplir si desean participar en esos procesos de contratación.
- Las entidades estatales (esto es, las alcaldías, gobernaciones, secretarias, etc) y todas las mencionadas en el articulo 2 de Ley 80 de 1993, publican sus procesos de selección de proveedor en el SECOP I ó SECOP II, según sea el caso. Eso significa que si quieres buscar una licitación debes ingresar a esas plataformas tecnológicas.
- El SECOP II, a diferencia del SECOP I, es una plataforma transaccional.
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