¿Cuáles son los indicadores de capacidad financiera?
Conocer los requisitos para “licitar” es el primer paso que debemos dar siempre. No podemos lanzarnos a participar y ofertar, si no sabemos cuales son los posibles requisitos que se exigirán, y cómo aplicarlos correctamente. Aquí en este artículo les traigo uno de los requisitos para participar en convocatorias públicas.
¿Qué es la capacidad financiera?
La capacidad financiera es un requisito habilitante exigido en la mayoria de los procesos de contratación cursados por las entidades estatales. Este requisito busca conocer la solvencia económica del oferente y del futuro contratista de la entidad estatal.
¿Cómo se acredita la capacidad financiera?
La capacidad financiera, como parte de los denominados “requisitos habilitantes”, se acredita a través del Registro Único de Proponentes (RUP). Y, excepcionalmente y dependiendo de la modalidad de selección y de las exigencias a contratar con otros documentos, los cuales deberán estar fijados en el pliego de condiciones o en la invitación.
¿Cuáles son los indicadores financieros en Colombia?
Los indicadores financieros que las entidades estatales, especialmente aquellas regidas por el Estatuto General de Contratación, podrán exigir en las convocatorias públicas son los: índice de liquidez, índice de endeudamiento, y razón de cobertura de intereses. No obstante, es importante mencionar que estos índices no son taxativos.
Índice de Liquidez: Con este indicador, la entidad estatal busca conocer la capacidad del oferente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la posibilidad para que el oferente incumpla con las obligaciones adquiridas con el futuro contrato.
Fórmula: Activo Corriente / Pasivo Corriente.
Nivel de endeudamiento: A través de este indicador, el ente contratante busca determinar la capacidad o el grado de endeudamiento del oferente. A mayor nivel de endeudamiento, es decir, entre mayor sea el porcentaje de endeudamiento, mayor es el riesgo de incumplimiento por parte del proponente.
Fórmula: Pasivo Total /Activo Total.
Razón de cobertura de intereses: Con este indicador busca indagar la capacidad del proponente para cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor sea el indicador, menor es el riesgo de que el proponente incumpla con sus obligaciones de carácter financiero.
Fórmula: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses.
¿Cuáles son los indicadores financieros adicionales?
Como mencionamos, las entidades estatales pueden exigir indicadores adicionales a los mencionados en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, esto es, adicionales al índice de liquidez, nivel de endeudamiento y razón de cobertura. Y, el motivo de esta exigencia es por la características del objeto a contratar, naturaleza o complejidad del proceso de contratación.
Estos indicadores adicionales son: Capital de Trabajo; Razón de Efectivo; Prueba Ácida; Concentración de endeudamiento a corto plazo; Concentración de endeudamiento a largo plazo; y Patrimonio.
¿Cómo se calculan los indicadores financieros de un Consorcio o Unión Temporal?
En proceso de contratación se pueden presentar personas naturales, personas jurídicas, pero también Consorcios y Uniones Temporales. En los pliegos de condiciones que soportan el proceso de contratación, la entidad estatal indicará el procedimiento para calcular los indicadores financieros de la estructura plural: Consorcio o Unión Temporal.
Según, Colombia Compra Eficiente, las siguientes opciones son viables para calcular los indicadores financieros de los oferentes plurales: Ponderación de los Componentes y Suma de los Componentes de los indicadores.
En el recurso indicadores financieros, que esta en nuestro sitio web, compartimos un excel con fórmulas incluidas para calcular los indicadores financieros de personas naturales, empresas, Consorcios y Uniones Temporales, el cual además de incluir fórmulas para calcular los indicadores de capacidad organizacional, ayuda a los negocios saber rápidamente si cumplen o no con los indicadores financieros exigidos y tomar decisiones adecuadas a su propósito.
Entonces, es el pliego de condiciones o invitación en el que la entidad estatal indica cómo el oferente singular o plural deberá calcular sus indicadores financieros.