Plan anual de adquisiciones: Qué es y cómo funciona
Muchos piensan que la compra pública es improvisada, y que las entidades estatales no cuenta con un plan cuando de comprar sus bienes y servicios se trata. Pues bien, en este artículo, vamos a demostrarte lo contrario.
Plan Anual de Adquisiciones.
Al igual que en las empresas del sector privado, las entidades estatales planean lo que esperan adquirir en el año siguiente a la finalización del respectivo año calendario. Esa planeación queda plasmada en el Plan Anual de Adquisiciones.
Luego, el Plan Anual de Adquisiciones es un plan general de compras de las entidades estatales que les facilita su planeación contractual, y a su vez, es un instrumento que permite a los proveedores conocer las compras que planean hacer las diferentes entidades estatales.
¿Qué se incluye en el plan anual de adquisiciones?
El Plan Anual de Adquisiciones contiene la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir las entidades estatales durante la vigencia correspondiente.
¿Quién se encarga de elaborar el Plan Anual de Adquisiciones?
Lo primero es mencionar que el encargado de elaborar el Plan Anual de Adquisiciones es la entidad estatal y no los proveedores potenciales. Al interior de la entidad, y de acuerdo al Manual de Funciones, se designarán las personas encargadas de su construcción y planificación.
¿Cuándo se carga el Plan Anual de Adquisiciones en el Secop ii?
La Entidad Estatal debe publicar su Plan Anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP a más tardar el 31 de enero de cada año. Para cargarlo en el Secop 2, las entidades estatales deben ingresar a la plataforma con su usuario y contraseña, y en la opción habilitada por la plataforma subir el respectivo documento.
¿Quién aprueba el Plan Anual de Adquisiciones?
Lo primero es mencionar que el encargado de elaborar el Plan Anual de Adquisiciones es la entidad estatal y no los proveedores potenciales. Al interior de la entidad, y de acuerdo al Manual de Funciones, se designarán las personas encargadas de su construcción y planificación.
¿Cuándo se carga el Plan Anual de Adquisiciones en el Secop ii?
La Entidad Estatal debe publicar su Plan Anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP a más tardar el 31 de enero de cada año. Para cargarlo en el Secop 2, las entidades estatales deben ingresar a la plataforma con su usuario y contraseña, y en la opción habilitada por la plataforma subir el respectivo documento.
¿Quién aprueba el Plan Anual de Adquisiciones?
El Plan Anual de Adquisiciones debe ser aprobado por el ordenador del gasto, por ejemplo, el Alcalde de un Municipio.